Por: Juan David Quevedo
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos contra el director del Banco Inmobiliario de Floridablanca (BIF), Julio César González García, y la secretaria general de la entidad, Chabely Paola Flórez Cepeda, por un presunto caso de acoso laboral contra una subalterna.
El proceso disciplinario está relacionado con la modalidad de entorpecimiento laboral. La Procuraduría Provincial de Bucaramanga busca determinar si los dos funcionarios omitieron garantizar las condiciones necesarias para que la trabajadora pudiera desempeñar las labores correspondientes a su cargo.
De acuerdo con el organismo de control, la colaboradora había sido reubicada provisionalmente en el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. Tras concluir esta medida, debía retomar sus funciones y cumplir plenamente con las responsabilidades propias de su cargo.
La investigación se concentra en lo ocurrido después de finalizar la reubicación. El Ministerio Público busca confirmar si González García y Flórez Cepeda no garantizaron las condiciones administrativas mínimas requeridas para que la trabajadora desarrollara sus labores.
La falta de estas garantías habría impedido el normal cumplimiento de sus funciones. Por este motivo, la conducta es investigada como un posible caso de entorpecimiento laboral, modalidad señalada dentro del proceso disciplinario adelantado contra los dos directivos del BIF.
El ente de control formuló cargos contra ambos servidores públicos, por su presunta responsabilidad en los hechos. La actuación deberá determinar si las decisiones u omisiones atribuidas al director y a la secretaria general afectaron las condiciones laborales de la subalterna luego de su regreso.
Dentro del proceso, la Procuraduría calificó provisionalmente la presunta falta como gravísima a título de dolo. La decisión hace parte del trámite disciplinario y será evaluada durante las siguientes etapas de la actuación contra los investigados.
El caso es adelantado por la Procuraduría Provincial de Bucaramanga, que deberá establecer la responsabilidad disciplinaria de González García y Flórez Cepeda frente a los cargos formulados por los hechos relacionados con la trabajadora del Banco Inmobiliario de Floridablanca.








