
El Congreso de la República aprobó, en último debate, el proyecto de ley con autoría de la Fiscalía General de la Nación, que busca sancionar severamente a quienes cometan maltrato intrafamiliar.
A falta de la firma del presidente Iván Duque para que la iniciativa se convierta en ley y entre en vigencia inmediata, la normativa establece, específicamente, la conducta penal en la que incurriría quien sea denunciado por ejercer actos violentos en el núcleo familiar.
Las penas establecidas en el artículo 229 del Código Penal, referidas a la violencia intrafamiliar, quedarían de entre cuatro a ocho años de prisión.
Anteriormente el castigo por este mismo delito establecía penas de entre uno y tres años de cárcel, además, si dicha conducta recae no solo sobre un menor, sino sobre un adolescente, una mujer, una persona mayor de 60 años o con algún tipo de discapacidad física, sensorial o psicológica, o quien se encuentre en estado de indefensión, la pena sería de entre seis y catorce años.
Además, no solo los miembros del núcleo familiar serían castigados con ese delito, la ley se amplía para las exparejas, se hayan separado o divorciado, y también incluirá al padre o madre de familia así no convivan en el mismo hogar. La iniciativa señala también que sería castigado quien, no siendo del núcleo familiar, sea encargado del cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio, residencia o en cualquier lugar en el que cometa dicha conducta.
Finalmente, la ley le obliga al Gobierno nacional a crear una estrategia de formación de la familia en prevención de maltrato y violencia intrafamiliar, y a crear una Comisión de Seguimiento de este delito, dicha comisión deberá sesionar, como mínimo, cada seis meses para evaluar la política criminal de este tipo de delitos, y modificarla en caso de ser necesario.