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Términos de una ley que hay que cumplir porque es un tema de vida

Tras la expedición de la Ley 1831 y la Resolución 3316, que hacen obligatoria la instalación y uso de desfibriladores automáticos externos “DEA” en espacios de alta afluencia de público. La norma establece:

Artículo 1°. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer disposiciones en relación con los Desfibriladores Externos Automáticos (DEA), en cuanto a la dotación, registro, uso, capacitación, certificación, procedimientos y protocolos para su disponibilidad, simulacros en atención de emergencias que requieran su uso, coordinación de la ruta vital y de emergencia con las entidades hospitalarias, y respecto a las acciones de inspección y vigilancia por parte de las entidades territoriales. 

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Artículo 2°. Ámbito de aplicación. La presente resolución aplica a las personas naturales o jurídicas responsables de los lugares de alta afluencia de público, a los prestadores de servicios de salud que oferten el servicio de transporte asistencial básico o medicalizado de pacientes, así como al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos (Invima) y a las entidades territoriales del orden departamental, distrital y municipal. 

En respuesta a este requerimiento el Proyecto Salvavidas, está en el país para, además de instalar los equipos más modernos y eficaces del mercado, capacitar en reanimación cardiovascular y uso del desfibrilador, darles mantenimiento a los DEA para garantizar su adecuado funcionamiento y fomentar la cultura de la cardioprotección en todos los niveles de la sociedad colombiana.

Proyecto Salvavidas se creó en España hace 12 años con el ánimo de colocar a España al mismo nivel de cardioprotección que otros países del mundo como Alemania, Japón o Estados Unidos de América y actualmente cuenta con oficinas en España, Portugal, Colombia y México con planes de seguir creciendo en todo Latinoamérica.

Desde el próximo diciembre de 2021 será obligatorio tener los DEA en sitios públicos o privados con alta afluencia de público como oficinas, centros comerciales, colegios, empresas, estadios, terminales de transporte o conjuntos de viviendas entre otros sean espacios cardioprotegidos.

Para que un lugar se pueda considerar como espacio cardioprotegido debe cumplir con 6 puntos esenciales:

* Tener acceso a un Desfibrilador Externo Automático (DEA) en un máximo de 5 minutos.

* El desfibrilador cuenta con mantenimiento periódico y está totalmente operativo.

* El DEA se encuentra dentro de un soporte o una vitrina de fácil acceso,

* El lugar está correctamente señalizado para acceder al DEA

* Hay personal capacitado en Salvamento vital básico y uso del desfibrilador​.

* Se realicen simulacros para verificar la capacidad de respuesta ante un evento cardiaco

Contar con estos espacios cardio protegidos permite a quien sufra una parada cardiaca ser atendido de forma inmediata y tener muchas más posibilidades de sobrevivir y hacerlo sin mayores secuelas. Estos equipos pueden ayudar a quien actúa a salvar una vida en lo que llega un equipo de emergencia o de paramédicos.

| Nota del editor *

Si usted tiene algo para decir sobre esta publicación, escriba un correo a: radio@uniminuto.edu

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