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Piques ilegales: sin norma para sancionar esta práctica clandestina

Por: Angie Lizet Ladino

Actualmente no existe una resolución, norma o infracción establecida para sancionar los piques ilegales, sin embargo, la Secretaría Distrital de Movilidad publicó las infracciones que las Cámaras Salvavidas detectan con el fin de controlar la velocidad vehicular y disminuir el número de víctimas fatales en siniestros viales en corredores y puntos de alta siniestralidad:

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  • C.29: Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida. La multa es por 414 mil 100 pesos.
  • C.31: No acatar las señales o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito. La multa es por 414 mil 100 pesos.
  • D.07: Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas.  La multa es por 828 mil 100 pesos.
  • C.35: No realizar la revisión tecnomecánica y de emisión contaminante. La multa es por 414 mil pesos.

La Secretaría de Movilidad y la Policía Nacional revisaron las velocidades máximas permitidas en algunos puntos críticos de la ciudad para iniciar la imposiciones de comparendos sancionatorios desde el 16 de diciembre de 2019.

Policía de Tránsito da su declaración acerca de las carreras clandestinas, más conocidas como piques ilegales

En uno de los operativos realizados en 2019 por parte de la Secretaría Distrital de Movilidad y la Policía de Tránsito, se pudieron realizar 115 comparendos, se inmovilizó a 65 automóviles y se encontraron 20 vehículos abandonados, además se pudo identificar a 30 conductores reincidentes por piques ilegales a los cuales se les puede suspender su licencia de tránsito.

| Nota del editor *

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