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Enero y los nuevos costos e impuestos del 2023

El Gobierno, las aerolíneas y los operadores turísticos, acordaron que los incrementos de los tiquetes aéreos a partir de enero de 2023, no superarán el 14 por ciento, más el 5% por ciento del IVA que vence el 5 de diciembre, es decir el 19%.

Así las cosas, los tiquetes aéreos solo subirán a partir del primero de enero de 2023, el 19 por ciento que es en lo que está hoy el IVA y no del 30 o del 40 %, como se había anunciado el Gobierno el pasado viernes.

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El ministro de Transporte, Guillermo Reyes, recordó, que, hasta el 31 de diciembre de 2022, los tiquetes aéreos tienen un beneficio tributario del 5% que vence y quedará con el IVA del 19 %. Este beneficio que desaparecerá tiene que ver con un incentivo tributario que se decretó durante la pandemia –por dos años– para reactivar el turismo en las distintas zonas del país. El beneficio reducía el IVA en los boletos del 19% al 5%.

Con respecto a los peajes de las carreteras, el ministro ha manifestado que las tarifas de los peajes establecidas para el 2022 regirán hasta el próximo 15 de enero de 2023. De esta manera, los colombianos verán el incremento por el uso de las vías y carreteras del país desde el 16 de enero y se espera que en más del 80% de peajes del país no se incrementarán las tarifas.

Según un proyecto de circular publicada en la página web de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) , a partir del 1 de enero de 2023 regiría un incremento del 11,7 % sobre el valor del Soat, respecto al precio que tenía en 2022.

Por ahora los colombianos se deben prepara para el pago de los distintos impuestos, la entrada a colegios que implica grandes gastos para las familias en general en todo el país. Como siempre, enero es el mes de la escala de costos y uno de los más difíciles para las familias.

Con respecto a los residentes en Bogotá deben tener en cuenta el calendario tributario del 2023, de los diferentes impuestos y sus declaraciones, en los que se encuentra el predial que tiene plazo con descuento del 10% hasta el 12 de mayo y sin descuento hasta el 14 de julio.

Los contribuyentes podrán optar por diferir la totalidad de su impuesto en cuatro cuotas iguales. Estas no tendrían intereses siempre que presenten la declaración para acogerse al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) a más tardar el 26 de mayo de 2023. Los vencimientos de la primera cuota es el 9 de junio, la segunda el 4 de agosto, la tercera el 6 de octubre y la cuarta el primero de diciembre.

El impuesto a los vehículos tendrá un plazo máximo para declarar y pagar con el 10% de descuento por pronto pago, hasta el 2 de junio de 2023 y hasta el 28 de julio, sin descuento ni sanción.

Además, los contribuyentes pertenecientes al régimen común y con pago bimestral del impuesto de Industria y Comercio (ICA), solo tendrán un plazo máximo en cada vencimiento para hacer el correspondido pago. El 14 de abril comienza el primero pago del primer bimestre. Esto mismo sucederá con el ReteICA con el que los agentes de retención comienzan con su primer vencimiento el 17 de marzo.

Cabe resaltar que los contribuyentes de ICA del régimen Preferencial tendrán que presentar, de manera virtual, una única declaración anual, por el año gravable 2023, a más tardar el 16 de febrero de 2024.

| Nota del editor *

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