Por: Juan David Quevedo
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0703 de 2026, con el que reglamenta la Ley 2385 de 2024, conocida como “No Más Olé”, y establece las condiciones que deberán cumplir las actividades taurinas durante el periodo de transición previo a la entrada en vigor de la prohibición definitiva de estas prácticas en el país.
La norma fue presentada por el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes y busca definir las reglas para la realización de estos eventos hasta julio de 2027.
El decreto señala que las corridas de toros, el rejoneo, las novilladas, las becerradas y las tientas únicamente podrán desarrollarse bajo parámetros orientados a garantizar el bienestar y la protección de los animales.
Las tientas son pruebas realizadas en las ganaderías para evaluar el comportamiento y las aptitudes de los bovinos destinados a la reproducción o a la actividad taurina. Aunque no siempre se desarrollan como espectáculos abiertos al público, esta práctica también quedó cobijada por las disposiciones establecidas en el Decreto 0703 de 2026.
Entre las disposiciones se encuentra la obligación de cumplir protocolos veterinarios, mantener condiciones adecuadas para el transporte y permanencia de los animales y adoptar medidas que reduzcan riesgos durante el desarrollo de cada espectáculo.
La reglamentación también limita los lugares donde podrán realizarse estos eventos.
De acuerdo con la norma, solo podrán llevarse a cabo en municipios donde exista una tradición taurina ininterrumpida. Entre los municipios que históricamente han mantenido una tradición taurina se encuentran Manizales (Caldas), donde se realiza la Feria de Manizales, y Cali (Valle del Cauca), sede de la temporada taurina de la Plaza de Toros de Cañaveralejo.
El decreto establece que esa continuidad se entenderá interrumpida si la actividad dejó de realizarse durante al menos un año calendario desde 2010, criterio que restringe los escenarios habilitados para este tipo de espectáculos durante el periodo de transición.
Otro de los puntos incluidos en el decreto corresponde a las obligaciones de los organizadores.
Estos deberán garantizar el cumplimiento de las condiciones técnicas y sanitarias exigidas por las autoridades competentes, así como atender los lineamientos establecidos para la protección de los animales y la seguridad de los trabajadores.
La norma también prohíbe el ingreso de menores de edad a estos eventos y establece restricciones frente al uso de recursos públicos para financiar actividades taurinas.
La reglamentación hace parte del proceso de implementación de la Ley 2385 de 2024, aprobada por el Congreso para eliminar progresivamente las prácticas taurinas en Colombia.
Esa legislación contempló un periodo de transición de tres años con el propósito de definir las condiciones de funcionamiento de estos espectáculos antes de que entre en vigor la prohibición definitiva.
Con la expedición del Decreto 0703 de 2026, el Gobierno desarrolla las reglas que regirán durante la última etapa de ese periodo.
Las disposiciones estarán vigentes hasta julio de 2027, fecha en la que comenzará a aplicarse la prohibición establecida por la Ley “No Más Olé”, marcando el cierre del proceso de transición previsto por la normativa.








