Los hogares con ingresos menores a un salario mínimo mensual legal vigente tienen deudas que, en promedio, equivalen hasta 3,7 salarios mínimos
Las deudas hacen parte de la vida económica de millones de colombianos. Sin embargo, no siempre se conocen bien sus consecuencias legales y financieras. ¿Qué pasa si dejo de pagar? ¿Me pueden embargar? ¿Las deudas prescriben? Sobre este tema explica la abogada Claudia García directora jurídica de Clave Judicial, lidera procesos de alto impacto social y empresarial.
¿Qué ocurre si no pago una deuda?
El primer paso suele ser el cobro prejurídico, a través de llamadas o notificaciones. Si no hay acuerdo, la deuda pasa a cobro jurídico, lo que implica una demanda y la posibilidad de embargos.
¿Me pueden embargar?
Sí. La ley permite que un juez embargue bienes, cuentas bancarias y parte del salario.
En materia salarial, solo es embargable hasta el 50 % del valor que exceda el salario mínimo legal vigente, conforme a la legislación laboral y procesal colombiana y en el caso de cuentas bancarias que no exceda el límite de inembargabilidad que corresponde a un valor de $55.099.308 pesos, conforme a la Circular 058 de 2025 de la Superintendencia Financiera de Colombia, vigente entre el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026.
¿Las deudas prescriben?
Sí. Dependiendo del tipo de obligación o del título valor que respalde la deuda, los términos de prescripción pueden variar generalmente entre tres y cinco años.
¿Cuánto dura un reporte negativo en Datacrédito?
Con la Ley 2157 de 2021, mediante la cual se modificó y adicionó la Ley 1266 de 2008, el reporte negativo permanece el doble del tiempo de la mora, hasta un máximo de cuatro años, contados a partir de la fecha en que sean pagadas las cuotas vencidas o sea extinguida la obligación.
En todo caso, el reporte negativo caduca en un plazo máximo de ocho (8) años contados desde la fecha de la mora, independientemente de si la obligación fue pagada o no.
¿Se pueden cobrar intereses?
Si. Pero existe un límite fijado por la Superintendencia Financiera De Colombia, quien regula las tasas de intereses bancarios corrientes que sirven como base para definir los límites a los intereses de usura.
Los cobros superiores a estas tasas, son ilegales y se pueden denunciar.
¿Puedo negociar una deuda?
Sí. Existen varias alternativas: refinanciación, reestructuración o acuerdos de pago durante un proceso jurídico. Lo importante es no esperar a que llegue la orden de embargo.
¿Qué es la insolvencia de persona natural no comerciante?
Es un mecanismo que permite a los ciudadanos sobreendeudados reorganizar sus obligaciones. Este procedimiento se tramita ante centros de conciliación autorizados o notarías, conforme al régimen de insolvencia de persona natural no comerciante previsto en el Código General del Proceso y ofrece beneficios como congelar embargos y reestructurar deudas bajo supervisión.
¿Puedo ir a la cárcel por deber dinero?
No. En Colombia, la cárcel por deudas civiles está prohibida. La única excepción corresponde al incumplimiento de obligaciones alimentarias, que puede configurar el delito de inasistencia alimentaria previsto en el artículo 233 del Código Penal.
¿Qué pasa con las deudas si alguien fallece?
No desaparecen. Se incluyen en la sucesión y deben pagarse con los bienes que deje el fallecido. Los herederos solo responden con su propio patrimonio si aceptan la herencia sin inventario.
Consejos prácticos
Evite el sobreendeudamiento.
Priorice pagar las obligaciones con intereses más altos.
Busque acuerdos antes de llegar a procesos judiciales.
Infórmese sobre la Ley de Borrón y Cuenta Nueva.
Considere la insolvencia si la situación es insostenible.








