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¡Que no lo coja la multa!

Vía 

/ Por Brenda Angarita

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El Código Nacional de Policía y Convivencia es el nuevo instrumento normativo con el que cuentan todos los habitantes en el territorio colombiano y las autoridades para corregir y prevenir de forma oportuna los comportamientos que afectan la sana convivencia y que si se dejan escalar pueden derivar en problemas judiciales o en delitos como lesiones personales u homicidios.

Si usted es estudiante y aún no conoce las multas que lo pueden llegar a afectar, el equipo de Datéate tiene las normas que debe tener en cuenta para evitar infracciones o abuso de cualquier tipo.

Si necesita ayuda puede pedirla a la línea 123. El uso de la línea de emergencias 123 no se debe usar para hacer bromas, irrespetar al operador o saturar el sistema sin causa porque puede generar multas que se cargarán a la factura de cobro del servicio de la línea telefónica de donde se genere la llamada.

RECUERDE: las multas van desde sanciones entre $99.000 y $787.000

Tenga en cuenta que, como lo explica el artículo 180, las multas se clasifican en 1, 2, 3 y 4, por ende, su valor cambia.

  • Multa Tipo 1. Cuatro (4) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $98.360
  • Multa Tipo 2: Ocho (8) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $196.720
  • Multa Tipo 3. Dieciséis (16) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $393.440
  • Multa Tipo 4. Treinta y dos (32) salarios mínimos diarios legales vigentes, aproximadamente $786.880

¡Ojo a las siguientes recomendaciones!

Código Nacional de Policía y Convivencia

  • No tiene multa el comer en el transporte público, se puede si es un alimento que no moleste a los demás.
  • El no cargar la cédula no le traerá multa, pero sí tendrá que dar nombre completo y número de cédula, de lo contrario, podría generar una multa.
  • Dibujos vandálicos en espacio público o grafitis en lugares no autorizados. Ante este comportamiento se multará al infractor y se exigirá que repare la zona o el bien cultural afectado.
  • Se prohíbe la venta de bebidas alcohólicas, cigarrillo, tabaco, sustancias psicoactivas o cualquier otra que afecte su salud; pólvora, sustancias prohibidas, armas neumáticas o de aire. También está prohibido el alquiler de material pornográfico.
  • Participación en riñas. Se imponen medidas correctivas a quienes protagonicen riñas. Asimismo, para quienes lancen objetos o porten armas blancas.
  • Protección de la convivencia en los centros educativos. Se establece una serie de disposiciones que prohíben comportamientos, venta y consumo de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas.
  • Los policías no pueden cobrar la multa, pero sí los inspectores de policía llamados por los agentes
  • Mal manejo de residuos y basuras. Las autoridades aplicarán multas y medidas pedagógicas a quienes arrojen basuras o escombros en el espacio público o en bienes de carácter público o privado.
  • Comercialización de celulares. Con el ánimo de disminuir el hurto de celulares, sólo podrán comercializar equipos celulares quienes tengan la autorización expedida por el Ministerio de las TIC. Los establecimientos que revendan equipos que hayan sido hurtados se cerrarán de forma definitiva.
  • Contaminación Visual. El fijar en un lugar público o abierto al público publicidad exterior no autorizada es una acción que atenta contra el orden público, de modo que se aplicarán correcciones para quienes fijen en la calle avisos, pancartas, pendones u otras piezas publicitarias.
  • Matoneo virtual. Con el fin de proteger la intimidad de los ciudadanos, por primera vez se establecen medidas para evitar que las personas sean agredidas a través de las redes sociales. Se aplicarán multas a quienes publiquen fotos íntimas sin autorización.
  • Usted puede grabar todos los casos que se presenten.

| Nota del editor *

Si usted tiene algo para decir sobre esta publicación, escriba un correo a: radio@uniminuto.edu

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