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Reforma Pensional: Lo que cambia y Lo que no

El Congreso aprobó la Reforma Pensional y su implementación está prevista para julio del presente año. El sistema pasará de un modelo de libre elección a uno estructurado por pilares.

Con 104 votos a favor y 10 en contra, el Senado de la República aprobó la reforma pensional propuesta por el Gobierno Nacional. La nueva normativa transforma el sistema actual, que permite elegir entre Colpensiones y fondos privados, y lo reemplaza por un modelo de pilares que define cómo se distribuyen las cotizaciones de los trabajadores según sus ingresos.

La reforma busca ampliar la cobertura, organizar el flujo de aportes y asegurar un ingreso mínimo para adultos mayores sin pensión. Su entrada en vigor está prevista para el mes de julio de 2025, por lo que el Gobierno tiene un año para reglamentar y preparar su implementación.

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¿Por qué si esta aprobada por el Senado no ha entrado en vigencia la Reforma Laboral?

Aunque la Reforma Pensional ya fue sancionada como ley y estaba prevista para entrar en vigencia el 1 de julio de 2025, su implementación fue aplazada por decisión de la Corte Constitucional. El alto tribunal encontró un vicio de tramite, al señalar que la Cámara de Representantes aprobó directamente el texto del Senado sin adelantar el debate correspondiente. Para este tipo de leyes, es obligatorio que ambas cámaras discutan y construyan un texto en conjunto a través del trámite legislativo completo.

Así funcionan los cuatro nuevos pilares del sistema

La reforma crea un sistema estructurado en cuatro pilares, definidos según la situación económica, el número de semanas cotizadas y la capacidad de ahorro del afiliado.

Pilar solidario
Otorgará una renta de $223.800 mensuales a personas en condición de pobreza o vulnerabilidad que no lograron pensionarse. Aplica para adultos mayores desde los 65 años (hombres), 60 años (mujeres) o con discapacidad y bajos ingresos.

Pilar semicontributivo
Beneficiará a quienes cotizaron entre 300 y 999 semanas, pero no alcanzaron los requisitos para pensión. Recibirán una renta vitalicia con subsidios del 20 % (hombres) o 30 % (mujeres), calculada sobre su ahorro más rendimientos.

Pilar contributivo
Todos los afiliados activos cotizarán bajo este esquema. Hasta 2,3 salarios mínimos irán a Colpensiones y el excedente, si lo hay, a fondos privados. Ambos aportes se sumarán para conformar una única pensión.

Pilar de ahorro voluntario
Permitirá a quienes tengan capacidad de pago realizar aportes adicionales para mejorar su pensión. No tiene cambios frente al sistema actual y seguirá siendo administrado por las AFP (Administradora de Fondos de Pensiones).

Esto representa un cambio en la competencia entre Colpensiones y los fondos privados, pero no los elimina, sino que transforma su función dentro del sistema mixto.

Lo que sí cambia, lo que no, y lo que es falso

Por medio de la redes sociales, se difunden diversos contenidos y en algunas ocasiones estos contenidos desinforma a los consumidores de las múltiples plataformas existentes, generando versiones alarmistas las cuales aseguran que el Estado se quedará con los ahorros o que todos pasarán a Colpensiones sin excepción.

Estas son algunas afirmaciones comunes y lo que realmente dice la ley:

“El Gobierno va a quedarse con el ahorro pensional”
La ley no contempla ninguna expropiación de recursos. El ahorro de quienes cotizan más de 2,3 salarios mínimos seguirá siendo administrado por fondos privados. Los aportes inferiores a ese monto serán gestionados por Colpensiones bajo el régimen público.

“Todos serán trasladados a Colpensiones”
Solo se trasladarán los aportes hasta 2,3 SMMLV. Quienes ganen más de ese monto tendrán una parte en Colpensiones y otra en su fondo privado. Sin embargo, si una persona actualmente está en un fondo privado y no cotiza más de 2,3 salarios mínimos, su cotización pasará completamente a Colpensiones. En este caso, su fondo privado ya no gestionará nuevos aportes.

“Los fondos privados desaparecerán”
Los fondos seguirán operando, pero bajo un esquema complementario. Solo administrarán las cotizaciones que excedan los 2,3 SMMLV y los ahorros voluntarios.

“Se eliminarán las pensiones privadas”
La cotización privada se mantiene para quienes superen el umbral definido o decidan ahorrar voluntariamente. Las personas que ya están pensionadas en fondos privados no serán trasladadas ni perderán su mesada.

Es decir, si una persona afiliada a un fondo privado no cotiza más de 2,3 salarios mínimos, a partir de la sanción de la Reforma sus nuevos aportes irán únicamente a Colpensiones; sin embargo, su cuenta individual en el fondo privado quedará congelada, sin afectar lo ya cotizado.

¿Qué problemas intenta resolver el Gobierno Nacional?

La reforma nace para enfrentar una realidad crítica: solo 1 de cada 4 adultos mayores tiene pensión. Además, el sistema privado ha demostrado bajos niveles de pensión efectiva, y el sistema público entrega subsidios regresivos a quienes ganaron más durante su vida laboral.

El Gobierno defiende la reforma como una apuesta por la equidad, la cobertura universal y la sostenibilidad fiscal. Con el Pilar Solidario, más de 2,5 millones de personas mayores sin pensión recibirán una renta mensual, y el gasto público se enfocará en quienes más lo necesitan.

Aunque representa un avance en términos de cobertura, el monto de 223.800 ha generado cuestionamientos, especialmente porque equivale a menos de una cuarta parte del salario mínimo legal vigente. Cifra que claramente no es suficiente para cubrir las necesidades básicas de una persona mayor en condiciones de vulnerabilidad. El Gobierno frente a esto se pronuncio e indicó que es un primer paso, pero diversos sectores advierten que se requiere una revisión periódica del valor asignado.

| Nota del editor *

Si usted tiene algo para decir sobre esta publicación, escriba un correo a: jorge.perez@uniminuto.edu

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