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Proyecto de ley busca la regulación de la protesta social

Nuevos protocolos de intervención preocupan a movimientos sociales de Colombia. Pero el efecto sintomático es de orden mundial.

Por: Camilo A. Castillo

Durante 2019 países como Francia, Chile, Ecuador, Haití, Colombia y Cataluña, entre otros, fueron testigos del crecimiento de múltiples movimientos sociales y estudiantiles con reivindicaciones de todo tipo: independencia, reformas sociales y económicas, protección a defensores de derechos humanos o constituyentes, por nombrar algunas.

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En Colombia, el pasado 10 de diciembre, el senador conservador Juan Diego Gómez presentó un proyecto de ley estatutaria para regular la protesta social. En el documento presentado por el congresista se establece que durante las manifestaciones estaría prohibida la participación de personas con capuchas o algún elemento que tape sus rostros. 

El punto más polémico de la iniciativa es que el Esmad tendría la autorización para utilizar armas no letales, incluidas las pistolas Taser. Además, según la propuesta, tampoco se podrían realizar plantones o protestas sin autorización de las autoridades, ni pintar grafitis en bienes públicos o privados.

El año pasado también fue escenario del surgimiento de iniciativas que buscan regular y limitar la protesta social. Por ejemplo, en marzo del 2019 el parlamento francés aprobó la ‘Loi anticasseurs’ después de una votación de 210 a favor, contra 115. El objetivo de dicha ley, según los diputados de la Asamblea Nacional es evitar acciones violentas durante las manifestaciones.

Entre los puntos más polémicos de esta ley, se encuentra la posibilidad de que la policía judicial pueda registrar maletas y vehículos en los alrededores de las manifestaciones. También, se aprobó la facultad de las autoridades para prohibir a personas específicas su participación en manifestaciones, si consideran que existe un riesgo o amenaza “particularmente grave para el orden público”.

En el documento aprobado, también se puede leer que aquellas personas que cubran total o parcialmente su cara durante una protesta, injustificadamente, podrán ser judicializadas y pagar un pena de hasta un año de cárcel.

| Nota del editor *

Si usted tiene algo para decir sobre esta publicación, escriba un correo a: jorge.perez@uniminuto.edu

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