Dentro del proyecto de Ley Estatutaria 409 de 2020 Cámara y 234 de 2020 Senado, por medio del cual se expide el Código Electoral, las comisiones primeras conjuntas aprobaron el artículo 84 que aumenta la cuota de género, para corporaciones de elección popular. De esta forma, fue votado en las comisiones primeras conjuntas, con resultados en el Senado de 21 votos por el Sí y 0 por el No, y en la Cámara de 27 votos por el Sí y 3 por el No.
Entonces, el nuevo cambio expone que “cuando las agrupaciones políticas opten por este mecanismo para elección, deberán conformarse por un mínimo de 50% de mujeres, sobre el número de candidatos inscritos a la corporación que se pretenda postular. Para las listas de menos de cinco curules, se les aplicará el 30% para la conformación de la cuota de género“.
Así mismo, se indicó que “constituirá como causal de revocatoria de inscripción las listas que no cumplan con la cuota de género, estipulada en el presente artículo. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones disciplinarias o multas que se puedan interponer a las agrupaciones políticas ante este incumplimiento”.
Ante esto, el representante a la Cámara Alejandro Vega Pérez expuso que con esto se dará “un salto importante en la equidad de género, en la paridad y la alternancia, para reivindicar los derechos políticos de las mujeres y la participación de ellas en el escenario político”. Luego, la representante Juanita Goebertus Estrada, celebró “que se haya logrado un consenso”, manifestó que “es un avance significativo” y que le alegraba “que haya estado abanderado por hombres”.