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¿Nueva reforma laboral para Colombia?

Los sectores sindicales y obreros han manifestado su inconformidad frente al decreto, pues indican que con éste se afectaría a los trabajadores.

Por: María Camila Rodríguez

Este jueves 27 de agosto, el Ministerio de Trabajo expidió el decreto 1174 del 2020, por medio del cual se reglamentó el llamado “piso mínimo de protección social”, creado en el contexto de la emergencia sanitaria y el Plan Nacional de Desarrollo del Gobierno de Iván Duque.

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En éste lo que básicamente se plantea, es que aquellas personas que devenguen menos de un salario mínimo, o se encuentren laborando de manera informal, puedan garantizar su seguridad social, su salud y empiecen a generar un ahorro para su vejez.

Sin embargo, hubo varios sectores, sobre todo los sindicales y obreros, que manifestaron su inconformidad y descontento frente a la norma, pues indicaron que ésta daba vía libre para que las empresas pudiesen contratar trabajadores, por jornadas laborales menores a 48 hrs semanales, lo cual, implica mayor dificultad para completar las semanas requeridas para poder pensionarse.

Frente a esto se pronunció el Ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, quien indicó que no se trataba de una reforma laboral puesto que no cambiaba las modalidades de contratación. Más aún, Julio Roberto Gómez, presidente de la Confederación General del Trabajo (CGT), aseguró, en una entrevista con revista Semana, que “sí se trata de una reforma laboral, debido a que establece una serie de condicionantes para el desarrollo de las actividades económicas en el país”.

Además, mencionó que ésta es una reforma laboral que se dio en medio de la pandemia “cuando se actúa en la sombra de la noche”.

Por otro lado, el presidente de la CGT afirmó que éste y otros sectores pensaban mostrar su voz de protesta, y por ello harían una caravana de carros, en los que manifiesten su inconformidad, pues explica que no se puede justificar el decreto amparado en los “beneficios” que el Gobierno pretende mostrar, pues éstas no son las condiciones.

| Nota del editor *

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