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Zidres: ¿Desarrollo Rural?

Luego de varios intentos ante el congreso de la República, y a pesar de sus muchos contradictores y críticas, en diciembre de 2015 fue aprobada la ley 1776 “por la cual se crean y se desarrollan las zonas de interés de desarrollo rural, económico y social, Zidres”. y más tarde, el pasado 29 de enero fue sancionada como Ley por la presidencia de Colombia. Esta Ley convierte en la apuesta del gobierno central por llevar desarrollo a las zonas rurales más apartadas de los centros económicos del país, a propósito del diseño de salidas que brinden sostenibilidad al cercano proceso de pos conflicto. El debate público ha sido acalorado al discutir los posibles efectos de la ley, sin embargo, aún existe un desconocimiento casi general de lo que busca la ley Zidres,  por ello presentamos a continuación los puntos más importantes de esta  ley  y de lo que, a la luz de la interpretación de la Mesa de Análisis de Coyuntura Económica de UNIMINUTO, podría ocurrir con el campo colombiano

¿Qué son las ZIDRES?

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Son “Zonas de interés de desarrollo rural, económico y social”,  constituidas para territorios que posean condiciones especiales, que sean aptas y que posean vocación agropecuaria, forestal, piscícola, ubicadas en el territorio nacional, aisladas de las grandes y principales ciudades, con difícil acceso de los capitales productivos debido a los altos costos y en las cuales se evidencien características de alta pobreza y baja densidad poblacional, en resumen que sean zonas de muy poco avance y desarrollo, en donde todo este por hacerse. La conformación de las Zidres permitirá que dentro de estos territorios sea promovida la formación de capital humano de manera que se sostenga una alta competitividad empresarial, se doten de instrumentos necesarios para garantizar el desarrollo humano para sus habitantes y se auspiciarán las actividades productivas soportadas en un alto capital social y en sistemas de producción familiar, mediante la ejecución de proyectos productivos de alto impacto. Dichas zonas serán identificadas por la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria (UPRA) y deberán cumplir los requisitos ya mencionados. La explotación de las tierras se llevara a cabo mediante figuras como el arrendamiento, compra, aporte, concesión o sociedad entre otros y puede ser realizada por personas naturales, jurídicas o entidades de carácter asociativo.

La ley se propone quince objetivos fundamentales, dentro de los cuales se destacan los siguientes:

·         Promover el acceso y la formalización de la propiedad de la tierra a los campesinos, a los trabajadores agrarios, mujeres rurales, jóvenes rurales y ocupantes tradicionales de bienes inmuebles de la nación.

·         Promover la inclusión social y productiva de campesinos, trabajadores agrarios, mujeres rurales y ocupantes tradicionales de bienes inmuebles de la nación como agentes sociales, productivos y emprendedores.

·         Promover el desarrollo de infraestructura para la competitividad en las Zidres y las entidades territoriales en las que se establezcan las zonas.

·         Priorizar aquellas iniciativas destinadas a la producción de alimentos con el objetivo de garantizar el derecho humano de la alimentación adecuada.

·         La formulación, implementación y ejecución de proyectos agrícolas y pecuarios.

¿Qué características tendrán los proyectos a ejecutarse en las Zidres?

Los proyectos productivos podrán ser presentados ante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural por personas jurídicas, naturales o empresas asociativas y deberán contener, por lo menos, los siguientes elementos:

a)      Un esquema de viabilidad administrativa, financiera, jurídica y sostenible ambientalmente.

b)      Un sistema que garantice la compra total de los productos a precios de mercado por todo el ciclo del proyecto.

c)      Un plan que asegure la compatibilidad del proyecto con las políticas de seguridad alimentaria del país.

d)     Un sistema que garantice transparencia en el uso de recursos obtenidos por medio de créditos de fomento.

e)      Estudio de los títulos de los predios necesarios para la ejecución del proyecto.

f)       Identificación de los predios necesarios para el desarrollo del proyecto y la figura jurídica mediante la cual se pretende acceder a dichos predios.

De manera adicional cuando se trate de un proyecto asociativo, se deberán incluir otros elementos como por ejemplo; un plan que permita que los campesinos accedan a créditos en el sistema financiero formal para la compra de tierra y la ejecución del proyecto.

Los proyectos serán aprobados por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con el apoyo del Departamento Nacional de Planeación, en concordancia con el procedimiento que el ministerio expida en los próximos días. Se debe aclarar que, con el fin de ejecutar los proyectos aprobados, el gobierno otorgará los terrenos necesarios y que se encuentren dentro de las zidres, mediante un contrato de arrendamiento, concesión o cualquier otra figura que no implique traslado de dominio. A pesar de que la ley aclara que no se utilizará como instrumento de expropiación y que los campesinos que habiten y trabajen un territorio sin título podrán legalizar su propiedad, no es claro el proceder sobre esta situación, cabe recordar que justamente este punto ha sido foco de críticas de senadores de oposición así como de organizaciones internacionales interesadas en temas de desigualdad y pobreza como Oxfam.

¿Cuáles son los incentivos y los instrumentos de fomento brindados a las Zidres?

La ley le otorga facultades al gobierno, mediante el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para qué genere los incentivos y estímulos pertinentes para garantizar que los proyectos aprobados sean exitosos. Dentro de estos se proponen líneas de crédito especiales para los campesinos, trabajadores agrarios, mujeres rurales y empresarios que hagan parte del proyecto, mecanismos especiales de garantías sobre la producción, formación y capacitación a los campesinos, trabajadores agrarios y mujeres rurales, incentivos para las empresas que resulten que se conciban para la ejecución del proyecto y respaldo por la totalidad de los recursos necesarios para el proyecto mediante el Fondo Agropecuario de Garantías, entre otros.

Reflexiones sobre las Zidres

Una vez comprendida la ley Zidres, desde la Mesa de Análisis de Coyuntura Económica, surgen importantes puntos de discusión los cuales son presentados a continuación:

En primer lugar, es evidente que el agro nacional necesita transformaciones en pro de la modernización y de la productividad, no solo con el objetivo de incrementar la producción de alimentos, sino también ayudar a  reducir las importaciones de los mismos, responder a la demanda de materias primas, abaratar sus costos, expandir la frontera agrícola y por supuesto, ofrecer oportunidades diferentes a los cultivos ilícitos, a miles de hombres y mujeres que, como se espera, dejen de pertenecer a las filas de las FARC. En Colombia han sido varios los intentos por lograr esto, sin embargo, el más exitoso fue hace poco más de cincuenta años, logrando incrementar en manera importante la generación de productos agrícolas diferentes al café, los últimos proyectos de ley no han sido tan exitosos en este sentido. Hay que mencionar también que, la ley invita a que  el mediano y pequeño productor participen de manera asociativa en la adjudicación de los proyectos.

Por otro lado, genera inquietud el efecto que pueda tener la ley sobre el problema de siempre, la propiedad de la tierra. Diversas investigaciones académicas nacionales, muestran como desde la década de 1970  la estructura de la propiedad por tamaños, ha estado inclinándose constantemente hacia la gran propiedad, mientras la pequeña se ha venido fragmentando cada vez más. De esta manera, las oportunidades para ascender de posición económica y social de los campesinos, cada vez son menores, haciendo cada vez más grande la brecha de desigualdad individual y regional. Y es que esta ley no establece mecanismos que dinamicen el mercado de tierras a favor de los campesinos, ya que al imponer fuerzas de capitalismo agrario, las tierras serán de quién demuestre contar con los recursos para ello y por el contrario puede promover la proletarización de la fuerza laboral en los territorios.  Por lo tanto, no es un problema menor el de la distribución de la tierra en Colombia, no podemos olvidar que es el génesis del conflicto armado que hoy, medio siglo después, nos encontramos ad portas de finalizar y de otras oleadas de violencia bipartidista durante la primera mitad del siglo pasado y el país espera que no se desperdicie la oportunidad histórica del fin del conflicto armado con las FARC para no resolver este problema. Finalmente debe ser mencionado nuevamente el problema con los terrenos considerados baldíos.

Asunto pendiente

Queda pendiente un segundo debate a la reglamentación que se dará a la ley y que aportara los elementos y argumentos para profundizar en los aspectos aquí señalados y adicionalmente a las propuestas para evaluar y comprobar que exista verdadera competitividad, inversión, innovación y vinculación del capital rural en aras del desarrollo del agro.

| Nota del editor *

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