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Comienza la jornada laboral de 44 horas semanales en Colombia: lo que deben saber empleadores y trabajadores

Desde este 15 de julio de 2025, las empresas deben ajustar la jornada laboral de sus trabajadores formales, la medida avanza en la reducción gradual contemplada por la Ley 2101 de 2021.

Por: Danniela Rodríguez

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Colombia da un nuevo paso en la transformación de su modelo laboral con la implementación de la jornada semanal de 44 horas, que sustituye las 46 horas que estaban vigentes hasta la semana pasada.

El cambio obedece al cronograma establecido por la Ley 2101 de 2021, que estableció una reducción progresiva de la jornada laboral sin afectar el salario ni los derechos adquiridos de los trabajadores formales.

La iniciativa, que fue aprobada por el Congreso hace cuatro años, busca mejorar el equilibrio entre la vida laboral y personal de los trabajadores colombianos, aunque ha sido bien recibida por diversos sectores sociales, también representa retos importantes para los empleadores, especialmente en sectores con alta carga operativa.

Los empleadores deben ajustar la jornada de sus trabajadores a un máximo de 44 horas semanales, distribuidas en un mínimo de 4 y un máximo de 9 horas por día, de lunes a sábado, con al menos un día obligatorio de descanso, este cambio aplica para todos los trabajadores formales que estén regidos por el Código Sustantivo del Trabajo, es decir, la mayoría de empleados del sector privado.

La medida no afecta el salario mensual de los trabajadores, es decir, un empleado que antes trabajaba 46 horas a la semana por un sueldo fijo, ahora trabajará 2 horas menos sin ver reducidos sus ingresos, esto implica, que el valor de la hora trabajada aumenta, lo que podría generar costos adicionales para las empresas.

Esta reducción de jornada beneficia a millones de trabajadores en el país, pero no cobija a todos los sectores, la norma sí aplica a, trabajadores formales del sector privado, servidores públicos que se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo, personas contratadas a término fijo o indefinido bajo contratos laborales y no aplica a, funcionarios con regímenes especiales como Fuerzas Armadas o algunas entidades públicas, personas que trabajan por prestación de servicios o bajo contratos por obra, trabajadores informales o no afiliados al sistema de seguridad social.

La reducción a 44 horas no es un hecho aislado, hace parte de un plan escalonado que culminará en julio de 2026, cuando la jornada máxima permitida será de 42 horas semanales, sin modificación del salario ni pérdida de prestaciones sociales.

La cronología ha sido la siguiente:

  • Julio 2023: se redujo de 48 a 47 horas.
  • Julio 2024: pasó a 46 horas.
  • Julio 2025: entra en vigencia la jornada de 44 horas.
  • Julio 2026: se implementará la jornada definitiva de 42 horas.

Este modelo ha sido comparado con el de países como Chile, que también avanza hacia las 40 horas semanales o México donde el Congreso discute propuestas similares, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha destacado que este tipo de políticas pueden mejorar la productividad a largo plazo, siempre que se apliquen con planificación y acompañamiento técnico.

La ley permite que empleadores y trabajadores acuerden libremente la forma en que se distribuyen las 44 horas semanales, siempre que se respeten los límites legales, no más de 9 horas diarias, no menos de 4 horas diarias y mínimo un día de descanso obligatorio.

Un trabajador puede, por ejemplo, laborar 8 horas de lunes a viernes y 4 los sábados, o cumplir su jornada en 5 días con turnos de 8 horas con 48 minutos, dependiendo del acuerdo con su empleador.

Además de la reducción horaria, el contexto laboral también incluye otros cambios que impactan los ingresos de los trabajadores y los costos para los empleadores, uno de los más relevantes es el aumento del recargo dominical, que desde el 13 de julio pasó del 75 % al 80 % y se incrementará progresivamente hasta llegar al 100 % en 2027.

También está en vigencia el recargo nocturno desde las 7:00 p.m. y no desde las 9:00 p.m., como regía anteriormente, esto implica un pago adicional del 35 % sobre el valor ordinario de la hora trabajada durante ese rango.

Estas modificaciones son parte de un paquete de reformas que busca mejorar las condiciones laborales en Colombia, aunque han sido motivo de preocupación para algunos gremios empresariales.

Varios sectores productivos han manifestado inquietudes frente al impacto económico de la reducción de jornada, especialmente por el aumento del costo por hora trabajada, sin un incremento inmediato en la productividad.

Organizaciones como Fenalco han advertido que algunas pequeñas y medianas empresas podrían verse obligadas a reducir personal, ajustar turnos o incluso externalizar servicios para no elevar sus costos operativos.

Otros sectores, sin embargo, han planteado que esta transición puede representar una oportunidad para repensar sus procesos internos, incorporar automatización o mejorar el bienestar de sus trabajadores, lo que podría derivar en una mayor retención de talento y eficiencia a mediano plazo.

El Ministerio del Trabajo ha recomendado a los empleadores realizar revisiones contractuales y capacitaciones internas para adaptarse a las nuevas condiciones. Para los trabajadores, se recomienda estar informados, exigir que se respeten sus derechos y reportar cualquier incumplimiento ante las direcciones territoriales de trabajo. Además, se invita a ambas partes a establecer acuerdos claros y documentados sobre horarios, descansos y condiciones específicas de aplicación de la ley.

| Nota del editor *

Si usted tiene algo para decir sobre esta publicación, escriba un correo a: jorge.perez@uniminuto.edu

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