Condena histórica a Policía Nacional por la muerte de Dilan Cruz

Con este fallo de segunda instancia, la justicia elevó las indemnizaciones a la familia y ordenó al Comandante de la Policía pedir disculpas en un acto público, advirtiendo que ningún ciudadano debe ser agredido por ejercer su derecho a la movilización social.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó la responsabilidad de la Nación, el Ministerio de defensa y a la Policía Nacional por la muerte del joven Dilan Cruz, ocurrida durante las manifestaciones de noviembre de 2019 en Bogotá. El fallo judicial determinó que la Policía Nacional cometió una falla grave al utilizar una escopeta con un cartucho que la institución consideraba erróneamente como un elemento puramente disuasivo. La justicia concluyó que las autoridades no capacitaron de forma adecuada a sus uniformados sobre el peligro real y el potencial letal de este tipo de armamento.

Los magistrados rechazaron los argumentos de la defensa oficial que pretendían culpar a la propia víctima por devolver elementos lacrimógenos en medio de los disturbios. Para los jueces existió una enorme desproporción entre la fuerza utilizada por los agentes uniformados y las acciones del civil desarmado. Por este motivo se ratificó que el fallecimiento del joven representó una grave vulneración institucional que afectó de manera profunda el entorno familiar y social.

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Esta decisión legal enfatizó la relevancia de respetar las movilizaciones ciudadanas y recordó el deber estatal de proteger a las personas en el espacio público. En sus apartados principales el texto judicial aclaró de forma contundente que el joven se encontraba desarrollando su “derecho convencional y constitucional a la protesta”. De igual forma los juzgadores insistieron en la necesidad de ajustar los protocolos de intervención policial para evitar futuras tragedias en escenarios de descontento social.

Como parte del veredicto final las autoridades judiciales ordenaron un incremento en el dinero fijado para resarcir el sufrimiento de la madre y los hermanos de la víctima. Además el sistema de justicia dispuso que el comandante de la institución policial realice un acto público para asumir los errores cometidos en este lamentable operativo de seguridad. Este evento de excusas públicas deberá transmitir un mensaje claro a la sociedad civil para garantizar que las conductas irregulares no se repitan.

Paralelamente a este avance en los tribunales, una revelación periodística reciente expuso material oculto sobre los hechos. Una investigación Independiente sacó a la luz un video grabado por un camarógrafo que el noticiero Red+ Noticias mantuvo engavetado por más de seis años de forma deliberada. La pieza audiovisual inédita registra de frente el momento exacto en el que el oficial le apunta y le dispara por la espalda al joven manifestante desarmado, dejando en evidencia los intentos de censura editorial por invisibilizar el abuso policial y tildar a la víctima de vándalo.

El fallo de segunda instancia cierra este capítulo legal recordando una de las premisas fundamentales que debe regir a la fuerza pública en una democracia moderna. La sentencia subraya de manera textual “que ningún manifestante, por ejercer su derecho legítimo a la protesta pacífica, debe ser sujeto pasivo de acciones que atenten contra su integridad, su dignidad y su vida”. Con esta decisión el sistema judicial busca sentar un precedente sobre los límites del uso de las armas en el país.

| Nota del editor *

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