El sistema de pensiones colombiano atraviesa uno de sus momentos más inciertos debido a las recientes decisiones de las Altas Cortes con respecto a la nueva legislación. En este panorama, un aproximado de 119.632 personas se trasladaron de régimen durante la “ventana de oportunidad” que abrió el artículo 76 de la reforma pensional (Ley 2381 de 2024).
Dicha norma consignó que las personas a las que les faltaran menos de 10 años para pensionarse podían cambiar de fondo; sin embargo, determinó que los saldos de sus cuentas de ahorro individual seguirían siendo administrados por la administradora privada de origen. Esto se mantendría así hasta el momento en que el individuo consolidara su derecho pensional, instante en el cual los recursos finalmente pasarían a Colpensiones.
El problema radica en que, tras la suspensión de la ley por orden judicial, se frenaron casi todos sus artículos —incluido el artículo 24, que creaba el Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo como una cuenta especial administrada por el Banco de la República—. No obstante, la medida cautelar dejó un vacío con el artículo 76, el cual resultó estar aún vigente, impidiendo que se pudiera revertir el proceso para los trasladados.
Ante esto, el Gobierno Nacional abogó por aplicar la normativa anterior (la Ley 100 de 1993), la cual dejaba claro que, al cambiar de régimen, el usuario también migraba con sus ahorros. A pesar de ello, el dinero se quedó atrapado en los fondos privados debido a este limbo jurídico.
La situación es crítica, de ese universo de trasladados, casi 23.000 personas ya están ejerciendo su derecho pensional en Colpensiones sin que se haya hecho efectivo el traslado de sus ahorros. Es decir, mientras los fondos privados siguen administrando y rentando esos capitales, las mesadas vigentes están siendo financiadas directamente por la base cotizante del régimen público.
Para intentar destrabar la situación, el pasado 20 de abril, el Gobierno expidió el Decreto 415 de 2026, buscando reglamentar el traslado de 5 billones de pesos correspondientes a los recursos de quienes ya reciben su mesada. Sin embargo, la justicia frenó la iniciativa al considerar que el Ejecutivo excedió sus funciones presidenciales, argumentando que el destino del dinero de las pensiones es una competencia exclusiva del Congreso de la República.








