Casi cuatro meses después de que la iglesia de Roma presentara un documento ajustado a las necesidades de Italia (mayo de 2020) para la reapertura de sus iglesias, este viernes la Conferencia Episcopal de Colombia presentó sus propias disposiciones generales ante la reapertura de templos en el país bajo el marco de los recientes decretos firmados por el gobierno central.
Desde el 1 de septiembre de 2020 los templos podrán abrirse y las celebraciones deberán realizarse siguiendo el protocolo definido, manteniendo el cumplimiento de todas las normas de bioseguridad que estén vigentes.
Son 41 disposiciones que conciernen a las celebraciones litúrgicas y otras actividades pastorales como fiestas patronales y sacramentos. A parte de los límites del aforo, la Conferencia pidió a los sacerdotes que realicen ceremonias breves, que hagan un juicioso y cuidadoso ritual con medidas de precaución y, sobre todo, con el respeto de las normas vigentes de las autoridades locales según las realidades propias de cada lugar.
El sacerdote deberá lavarse las manos con jabón o líquido antibacterial antes y después de la celebración, la adoración al santísimo se hará por persona y las fiestas patronales ocurrirán con máximo 50 personas.