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Ley 422: El proyecto que le apuesta al bienestar femenino

El proyecto de ley 422 del 2021, radicado por la senadora Ana María Castañeda y el Representante a la Cámara Jorge Benedetti, juntos del partido Cambio Radical, propone desgravar los productos de higiene femenina para fortalecer la gestión menstruante en el país.

Por: Angie Milena Garzón Torres, Yenni Tatiana Rodríguez Forero, Lina Juliana Baena Carreño.

En Colombia 73.000 mujeres se ven obligadas a atender la llegada de la menstruación con papel higiénico, trapos y papel higiénico, lo cual aumenta el riesgo de contraer infecciones, cáncer, hongos, etc. Pese a que en el mercado se encuentran un sinfín de opciones que dan la posibilidad de llevar dicha etapa de manera más controlada, la realidad es que esto no es alcanzable para todas las mujeres del país.

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Según los ponentes de la ley, la senadora Ana María Castañeda y el Representante a la Cámara Jorge Benedetti, los artículos necesarios para poder llevar la menstruación en condiciones dignas no solamente son costosos, sino que además algunos de ellos se encuentran grabados con el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido o de Impuesto sobre el Valor Agregado).

No obstante, a lo largo de los años esta circunstancia ha generado cierta desigualdad económica entre hombres y mujeres. Por ello, en el presente año, se está llevando a cabo el proyecto de ley 422 desde el Congreso de la República de Colombia “Por medio de la cual se desarrolla el derecho a la gestión menstrual”.  Este se encuentra compuesto por 7 artículos y 4 parágrafos en los cuales “se dictan las medidas que garantizan a todas las niñas, mujeres y personas menstruantes, el derecho a la gestión menstrual. Así como los lineamientos para la implementación de una política pública en este mismo sentido”.

Así mismo, a lo largo del documento se contemplan cuatro condiciones esenciales para que este derecho se pueda cumplir a cabalidad; una de ellas establece el diseño, socialización e implementación de una educación “que permita comprender los aspectos básicos relacionados con el ciclo menstrual y cómo manejarlo de forma digna y sin incomodidad alguna”. Aspecto que, como lo declara Eduardo Rincón habitante de Soacha, es de suma importancia tanto para mujeres como para hombres, puesto que, el desconocimiento frente al tema sigue siendo más fuerte de lo que se pensaría y se desearía, “yo como hombre no sabía que existía algo llamado copa menstrual, hasta que mi pareja me explico, y realmente al escucharlo pensé que podía ser un objeto que le generaría un daño interno, fue hasta después de asesorarme que entendí que, de hecho es uno de los métodos más seguros y eco amigables que existe, pero por cuestiones económicas no creo que lo podamos comprar”. 

Es así como el cuarto artículo del mencionado proyecto entra a validarse, pues en este se plantea una modificación al artículo 447 del estatuto tributario, en el cual ingresaría a eximirse del IVA “las compresas, toallas higiénicas, tampones, protectores diarios, copas menstruales y ropa interior femenina absorbente”. Es importante recordar que para el 2018, Colombia declaró que se eliminaría el IVA para las toallas higiénicas y tampones, apelando a los derechos de la salud y la dignidad, esta excepción no sería válida para otros artículos de protección femenina.

Acto que permitiría una reducción significativa de gastos a largo plazo, pues como lo señaló Karen Gómez una estudiante de bacteriología y laboratorio clínico “dentro del laboratorio convivo con un número importante de mujeres, todas menstruamos y estar comprando cada mes uno, dos o incluso tres paquetes de toallas higiénicas es un gasto que a la larga es significativo, por ello varias de nosotras decidimos empezar a utilizar copas menstruales, pero no son económicas y no todas pueden costearlas”

Proyectos similares al de gestión menstruante ya han sido radicado en otros países de Latinoamérica, por ejemplo, en México la ley de la menstruación fue aprobada por los diputados en la Cámara de Representantes en abril de este año. La nueva ley obliga a las autoridades sanitarias a proporcionar programas educativos sobre la salud menstrual en los centros educativos y a facilitar el acceso a productos de higiene.

| Nota del editor *

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