Por: Natalia Rivera Rodríguez
Transmilenio S.A. reportó que se hará sanción a los respectivos “protagonistas” que el pasado 6 de marzo, en horas de la tarde, fumaron marihuana dentro de uno de los articulados. La multa será equivalente a 4 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, $117.040. La empresa también afirmó los jóvenes quebrantaron reglas del manual de usuarios de Transmilenio.
¿Qué dice el código sobre este tipo de actos?
Según el Código de Policía, los jóvenes incumplieron el artículo 6 y 7 del capítulo II, titulado Bases de la convivencia y seguridad ciudadana.
El artículo 6 habla de las Categorías jurídicas que se refiere a la seguridad, tranquilidad ambiente y salud pública. Por su parte, el artículo 7, puntos 2, 3 y 6, se describe el “cumplimiento de las normas que regulan la convivencia”, y “respeto por las diferencias y aceptación de ellas” y la “prevalencia de valores sociales”.
¿Qué opina la gente?
Oscar Rodríguez, uno de los usuario de este medio de transporte comenta: “opino que lo que hicieron los jóvenes pudo llegar a ser una forma de protesta, no es la adecuada, aunque entiendo que Transmilenio no tiene buenas instalaciones (…) hay una falta de control. Es difícil evitar un robo o que haya colados. Entonces es más difícil evitar este tipo de cosas”.
Se espera que estos hechos no vuelvan a ocurrir y se cumplan debidamente las normas que establecen los medios de transporte y los manuales de convivencia para los ciudadanos.
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