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Adopción por parte de parejas homoparentales, una discusión entre la ética y el derecho

Evidentemente este es un tema álgido, que no es de común aceptación para el país y sectores religiosos mayoritarios (católicos y cristianos), quienes fundamentan sus ideologías con la Biblia y la ética frente al tema de la adopción de niños por parejas del mismo sexo, desaprobando los intereses y derechos de la comunidad LGBTI, alcanzados hasta el momento; También en estudios científicos y especialistas se puede encontrar afinidades al tema o, por el contrario, el rechazo.

Por: María Fernanda Castillo

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Empecemos por tener en cuenta que Colombia es una nación Laica y que siempre ha tenido raíces muy fuertes con la posición religiosa, por lo que gran parte de la sociedad colombiana no acepta la adopción de menores por parejas del mismo sexo; pues ellos parten de otra fuente o base, que claramente es válida.

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¿Cuál es su posición respecto a la aprobación de la adopción de menores por parte de parejas homosexuales para conformar una familia?

Según el pastor Fernando Castillo, miembro de la iglesia cristiana Fundamento de Vida.“Si hablamos de una familia, tenemos que hablar del origen de esta misma que se da en la creación, cuando Dios establece un hombre y una mujer, para constituir el único modelo que Dios permite, con el fin real de la familia, que es procrear. Génesis 3:23. Así que la ideología de un modelo de familia homosexual: en primer lugar está perturbando el modelo establecido por la mayor autoridad, es decir, Dios; pero a su vez está frustrando el propósito de procreación”.

La iglesia católica no se queda atrás, pues algunos están en desacuerdo con la aprobación de la adopción de niños por parejas del mismo sexo, expresa el padre Javier Riveros, servidor de la iglesia católica: “simplemente si se aprueba en Colombia, según el derecho que tiene las parejas del mismo sexo, se está destruyendo el principio de Dios con la familia (papá y mamá); pero esto no es solo un tema religioso, si no que nuestros niños también son los afectados y a ellos no se les está teniendo en cuenta. Sus derechos están siendo vulnerados, porque ellos tienen derecho a una familia, pero con el amor y la necesidad de una figura paterna y materna en su crecimiento”.

Es así como la adopción por parejas homosexuales en Colombia, sigue generando polémica. Las opiniones están divididas y cada uno se sustenta en bases, que para ellos son las pertinentes; como para los religiosos la Biblia y la ética, para otros es igual de importante que la constitución política que rige a la nación y esa es la base que se debe tener en cuenta para desarrollar la evolución de la adopción de menores por parejas homosexuales.

Para esto, es importante reseñar que históricamente, desde la constitución de 1991, las parejas heterosexuales eran las únicas que tenían el derecho a adoptar, porque conformaban la familia tradicional (papá y mamá).

Sin embargo, con el auge y el desarrollo de la comunidad  LGBTI,  a través de la acción de tutela, invocaron el derecho a la igualdad, que establece que todos tenemos absolutamente los mismos derechos y oportunidades, por lo tanto también tienen derecho de adoptar un niño o niña como hijo y conformar una familia, Artículo 13: “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos,libertades y oportunidades sin ninguna discriminación”.

De esta manera es como la comunidad LGBTI ha avanzado en los reconocimientos de sus derechos ante la ley en Colombia, generando privilegios o igualdades, como el resto de la sociedad. El abogado sustanciador de la Procuraduría General, Juan Pablo Herrera, explica “Desde la constitucionalidad, el Estado debe respetar y ser garante de cada uno de los derechos fundamentales, libertades y prerrogativas (privilegios), de los miembros de la comunidad LGBTI; como la adopción por parejas del mismo sexo, que está reglamentada por sentencias de tutela que ordenaron a todas las entidades del Estado y todas las particulares, reconocer los derechos a contraer una unión solemne con los mismos efectos del matrimonio y adoptar menores de edad”.

En Colombia para que una pareja homoparental adopte un menor, ya no es necesario que éste sea hijo biológico de alguno de los dos. La anterior decisión se logró mediante un fallo de la Corte Constitucional en la que se determinó que la identidad sexual no puede ser un criterio para definir que una pareja es adecuada para adoptar un menor. 

Así como dice la joven Alejandra (nombre ficticio), perteneciente a la comunidad LGBTI, que actualmente convive con su pareja desde hace tres años, “Creo que, cuando una persona tiene todas las condiciones óptimas (psicológica, económica, profesional y personalmente) para adoptar un menor, ahí si se está vulnerando un derecho no solo a las parejas homosexuales, sino también a las personas solteras; otro punto, es que se debería dar esa oportunidad en Colombia, a los niños, de poder crecer y tener mejor calidad de vida, así no sea con un familia del modelo tradicional”.

Varias personas coinciden con ese pensamiento: si la pareja del mismo sexo tiene todas las capacidades para la adopción y, por otro lado, se resalta que los niños que se darán en adopción también tienen derecho a una familia (artículo 44 de la Constitución política de Colombia), es posible la adopción siempre y cuando se les brinde protección y bienestar.

Por su parte, el ICBF, entidad encargada del cuidado de los menores y generar procesos de adopción, dice “en el principio de la igualdad de condición no se pueden cruzar los conceptos, de ninguna manera, entre orientación sexual de una persona con la idoneidad de esta para la adopción; dicha idoneidad depende de las regulaciones administrativas del ICBF, a través de su lineamiento técnico del programa de adopción. En conclusión, el ICBF está sujeto a la ley y a velar por la prevención, promoción y protección de los niños, niñas y adolescentes”.

Pero ¿quién puede dictaminar que son aptas o no las parejas homosexuales, para adoptar menores? Para esto no hay una verdad única, son respetables los puntos de vista de cada persona que se fundamenta en sus creencias, conocimientos y bases teóricas. Sin embargo, para aclarar dudas sobre la influencia emocional, psicológica y sexual de los niños, cuando tienen padres del mismo sexo, la ciencia y sus estudios arrojan resultados como los siguientes:

En el caso específico de Colombia, no es muy común ver estos casos, por lo cual hay escases de este tipo de estudios. Sin embargo, el doctor Raúl Palacio, especializado en pediatría en Bogotá, afirma: “En mi consultoriobatiendo niños, de solo mamás o papás, en realidad éstos niños no presentan ningún tipo de trastorno, ni cognitivo, ni afectivo; eso en el caso de Bogotá que solo he atendido niños entre los 18 meses y los 2 años. Sin embargo, en otros países donde esto se da normalmente, que los padres sean homosexuales, no afecta en la orientación sexual del menor, de hecho, las personas LGBTI salen de padres heterosexuales. Así que como pediatra veo que no hay ninguna alteración en los menores”.

Hay estudios avanzados en otros países donde ya se ha aprobado la adopción a padres homosexuales, por ejemplo, el Estudios sobre homoparentalidad: revisión científica y análisis metodológico, afirman que: Numerosos estudios en las tres últimas décadas han demostrado consistentemente que los niños criados por padres gays o lesbianas muestran el mismo nivel de funcionamiento emocional, cognitivo, social y sexual que los niños criados por padres heterosexuales.

Por una parte, el Estado colombiano ha dado pasos agigantados en favor de estos individuos para la conformación de un núcleo familiar, por dos padres o dos madres, con las sentencias avaladas, hasta lograr naturalizar y permitir este nuevo modelo de familia, erradicando la discriminación y quitando el estigma del modelo de familia tradicional (papá, mamá e hijos) como único modelo “bueno”.

La Corte Constitucional, Sentencia C-481 de 1998, Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero, dice: “Conforme a la Constitución y a los tratados de derechos humanos, es claro que la homosexualidad no puede ser considerada una enfermedad, ni una anormalidad patológica, que deba ser curada o combatida, sino que constituye una orientación sexual legítima…”

Cabe resaltar que padres heterosexuales aún no están de acuerdo con ese modelo de familia igualitaria, como lo expresa la señora Mayerli Aguilar: “No me puedo sentir de acuerdo con la formación de niños por padres homosexuales, esto significaría que años más adelante mi hija tenga que ver que es normal que sus compañeras tengan novia o un niño tenga novio, porque sus padres les mostraron eso. Cuando la figura en nuestra casa es hombre y mujer, por lo tanto queremos y orientamos a nuestra pequeña a seguir este ejemplo”.

El tema sigue servido en la mesa, cada uno toma su parte y la digiere como le parece; sin embargo, nada está garantizado, mucho menos el afirmar quien tiene la razón en este asunto, pero como ratifica el pediatra, Raúl Palacio: “lo que realmente me preocupa en estos niños, hijos de padres del mismo sexo, es que dentro de unos añitos, cuando estén en la escuela relacionándose normal con otros niños, sean víctimas de matoneo y causen daños, porque en esta sociedad xolombiana no estamos preparados ni social ni culturalmente para esto”.

| Nota del editor *

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