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Debate jurídico sobre la gestación por sustitución 2020

Cuatro senadores del Centro Democrático, proponen una iniciativa para judicializar a quienes alquilen un vientre sin estar dentro de las excepciones de la norma.

Hace poco, los congresistas María del Rosario Guerra, Santiago Valencia, Juan Fernando Espinal y Jose Jaime Uscátegui, plantearon la creación del delito “constreñimiento a la maternidad subrogada con fines de lucro”, en el cual se pueda multar económicamente o se penalice con cárcel a “quienes promuevan, induzcan, financien, recluten colaboren o constriñen a una mujer para alquilar su vientre”.

Esta es la tercera vez que el partido Centro Democrático propone esta iniciativa, la primera vez lo hicieron ante el Congreso de la República en el año 2016, pero el proyecto no logró pasar del segundo debate. Sin embargo, este año volvieron a presentar el proyecto de ley, pero haciendo énfasis en las siguientes excepciones:

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  1. La práctica sólo será permitida para parejas que estén incapacitadas para concebir, pero la gestante que quiera ayudar, debe tener algún parentesco con la pareja.
  2. Sólo las parejas heterosexuales serán acogidas por el proyecto.

La noticia no cayó muy bien dentro de la comunidad LGBTI, ya que sienten que se les está negando el derecho a la igualdad y de formar una familia, mientras que en países como EE.UU y Canadá, ya es legal que parejas del mismo sexo puedan alquilar un vientre para concebir a su hijo. La iniciativa tampoco fue bien recibida por algunas feministas, ya que consideran que nadie debe mandar sobre el cuerpo de la mujer y que es necesario respetar y fomentar las libertades de las mujeres.  

La gestación por sustitución, se remonta desde la antigua Mesopotamia en el siglo XVIII A.c y continúa en muchas partes del mundo hasta la actualidad. Consiste en solicitar el vientre de una mujer para llevar a cabo un proceso de reproducción asistida y posteriormente, la gestante se compromete a entregar al bebe a cambio de una remuneración económica.

En Colombia, la gestación por sustitución no está prohibida y la regulación de esta práctica sólo se limita mediante la Sentencia T-968 de 2009, donde la Corte Constitucional determinó que “en el ordenamiento jurídico colombiano no existe una prohibición expresa para la realización de este tipo de convenios o acuerdos. Sin embargo, respecto de las técnicas de reproducción asistida, dentro de las cuales se ubica la maternidad subrogada o sustituta, la doctrina ha considerado que están legitimadas jurídicamente”.

El alquiler de un vientre en Colombia, cuesta entre cuatro y trescientos millones de pesos, una cifra que a comparación de otros países es bastante económica, por lo que muchos extranjeros vienen a Colombia para realizar este proceso y las colombianas, ven este servicio como una oportunidad para obtener altos ingresos, pero por el momento, los países que oficialmente legalizaron esta práctica son: EE.UU, Rusia, Canadá, Grecia, Georgia, Portugal y Ucrania.

Por otra parte, según la OMS, alrededor de un 8% de la población mundial tiene problemas de fertilidad,y en Colombia, la Fundación Universitaria San Martín, realizó una investigación en el año 2018, donde demostró que el 20% de las parejas colombianas padecen de algún problema de infertilidad, y la probabilidad de que una pareja sana, menor de 30 años quede en embarazo es del 25 al 30%, por lo que a nivel nacional, también hay parejas que acuden a este tipo de métodos de concepción.

Está práctica ha generado diversas polémicas alrededor del mundo, por una parte, los detractores argumentan que se está mercantilizando el cuerpo de la mujer y cosificando a las vidas humanas, pero, por otra parte, los defensores aseguran que es una oportunidad para obtener ingresos y a la vez, ayudar a cumplir el sueño de muchas parejas que quieren tener un bebe.

| Nota del editor *

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