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“Plan Nacional de Desarrollo de Duque atenta contra los pensionados”: senadora Angélica Lozano

Aunque el Plan Nacional de Desarrollo ya se encuentra establecido, la senadora pidió al Gobierno Nacional no cambiar el régimen de quienes cumplen con los requisitos para acceder a una pensión.

Ante el Plan Nacional de Desarrollo (PND) propuesto por el Gobierno Nacional en fechas pasadas, la senadora del partido Alianza Verde, Angélica Lozano, afirmó que en el artículo 117 de dicho documento se escode una reforma pensional que afectará a los contribuyentes tanto de fondos privados como de entidades públicas.

Según la congresista, el PND pretende eliminar el derecho a la devolución que tienen los colombianos que no alcanzaron a cumplir los requisitos edad ni las semanas de cotización.

“El artículo 117 propone acabar las devoluciones, le pone a la gente un plazo de solo 10 días para decidir la devolución de su plata, porque impone la regla. Si esos 10 días de acaban y la persona no dijo nada, esa plata va a pasar a los BEPS- Beneficios Económicos Periódicos- que ahorra Colpensiones”, añadió Lozano.

Hay que recordar que Beneficios Económicos Periódicos es el Esquema Flexible de Protección para la Vejez que funciona hace algunos años en Colombia y fue establecido para que, aquellos que tienen ingresos inferiores al salario mínimo, puedan aportar y ahorrar los recursos que les sean posibles.

Lozano advirtió también que la norma que perjudicaría a quienes según la ley tienen derecho a heredar las pensiones: “La plata deja de ser de la persona, porque pasa de una cuenta individual a una bolsa común. Eso implica que, si la persona muere, ese dinero no va a ser heredado por la familia porque hará parte de esa bolsa común”, concluyó.

Por lo pronto, aunque el Plan Nacional de Desarrollo ya se encuentra establecido, la senadora pidió al Gobierno Nacional no cambiar el régimen de quienes cumplen con los requisitos para acceder a una pensión.

A continuación el artículo 117 que se extrae del PND


PROMOCION DE LOS BENEFICIOS ECONOMICOS PERIODICOS

En el evento en que los afiliados al Sistema General de Pensiones obtengan como prestación sustituta una devolución de saldos o indemnización sustitutiva de vejez, estos recursos serán trasladados al mecanismo de los Beneficios Económicos Periódicos para el reconocimiento de una anualidad vitalicia en las condiciones legales vigentes, excepto en el evento en que el afiliado manifieste su decisión de recibir dicha prestación, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del documento o acto que la define. El gobierno reglamentará la materia y las especificaciones para la asesoría por parte de las administradoras de pensiones.

| Nota del editor *

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