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¡Atención! Evite sanciones por no pagar a tiempo el impuesto de Industria y Comercio

Tenga en cuenta que el último día hábil para pagarlo es el miércoles 27 de marzo de este año.

Los miles de contribuyentes obligados a declarar y pagar el impuesto de Industria y Comercio, deben hacerlo hasta el 31 de marzo de 2024; sin embargo, el último día hábil de este mes en el que podrán cancelarlo es el miércoles 27 de marzo, advirtió la Secretaría de Hacienda municipal.

“El personal de la Secretaría no va estar en servicio durante la última semana de marzo, que corresponde a Semana Santa. Quiere decir que se deben expedir las facturas antes del miércoles santo, el 27 de marzo, para que se pueda hacer el pago que es el último día bancario del mes”, destacó Ángel María Gómez, secretario de Hacienda de Ibagué.

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Es de recordar que la declaración anual del impuesto, que corresponde a la vigencia 2023, solo se puede efectuar a través de la página web de la Alcaldía de Ibagué, www.alcaldiadeibague.gov.co, en el enlace ‘Autoliquidación del impuesto de Industria y Comercio’.

“Hay una particularidad con este impuesto es que la persona que no declare, automáticamente se hace acreedora a la sanción por extemporaneidad”, aseguró Gómez. Además, el Secretario resaltó que “es más cara en algunos casos la sanción por extemporaneidad que el mismo impuesto”.

Según el calendario tributario, el impuesto de Industria y Comercio se puede cancelar en dos partes, cuyos plazos, son: primera cuota (50% del valor), hasta el 27 de marzo de 2024, junto con la declaración anual; y en una segunda cuota (50% restante), hasta el 30 de junio de 2024.

| Nota del editor *

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