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Pauta electoral, ahora con lengua de señas

Mediante la Resolución 4123 del presente año, expedida por el Consejo Nacional Electoral, se reglamenta la disposición de la lengua de señas colombiana como mecanismo de difusión para la comunidad con deficiencia o disparidad sonora temporal o permanente, durante la transmisión de la propaganda electoral en los diferentes canales de televisión nacional, regional y local.

Esta medida se aplica con el fin de que quienes poseen este tipo de discapacidad, tengan garantizado el derecho a la información y la participación política con criterios de base que le permitan tener un voto informado, aplicando lo estipulado en los artículos 13, 20 y 40 de la Constitución.

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Esta medida también aplica para los mensajes institucionales y la pedagogía electoral que se emita en estos días restantes para la jornada electoral del 27 de octubre, difundida a través de los canales de televisión de señal abierta, tanto privados como la red pública, los canales regionales y locales radiodifundidos por señal análoga o digital.

La medida aún no especifica si esta decisión proferida por el órgano electoral colombiano, también aplica para los diferentes eventos de campaña y discursos en plaza pública.

A continuación se publica la Resolución que ratifica la medida:

| Nota del editor *

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