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Anuncian recompensa por indígenas que tumbaron estatua de Belalcázar

Se ofrecen cinco millones ante la "prioridad" de identificarlos por el "delito" cometido.

Como crítica a la violencia simbólica de opresión, un grupo de indígenas derrumbó una estatua de Sebastián de Belalcázar que se encontraba en Popayán. Ante esto Juan Carlos López Castrillón, alcalde de Popayán y Jorge Luis Vargas, director de seguridad ciudadana de la policía nacional se pronunciaron al respecto.

El general Vargas expuso que la identificación de los responsables del hecho está siendo realizada por los grupos de Investigación Criminal de la Policía Nacional y del cuerpo técnico de Investigación de la Fiscalía, pues lo consideran un delito. “Es prioridad para la policía y para la fiscalía, pero por supuesto para Popayán, identificarlos”, ante lo cual ofreció una recompensa de “hasta cinco millones por la identificación de los responsables de este delito”.

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Por su parte, el alcalde de Popayán manifestó en reiterados tweets su rechazo a cualquier acto de violencia y su decisión de “restaurar la imagen de Sebastián de Belalcázar y volver a instalarla”.

En contraposición, la ciudadanía instauró una campaña de apoyo a los indígenas con el #AlcaldeFuiYo, en la que se toman fotos con carteles que los presentan como autores del derribamiento de la estatua.

Foto: @CamiloCotesP

Para comprender las implicaciones legales de estos hechos, UNIMINUTO Radio se contactó con Andrés Urbina, abogado consultor y litigante, egresado de la Universidad Externado de Colombia.

De este modo Urbina comentó que “las medidas judiciales pueden y deben ser adoptadas por la Jurisdicción Especial Indígena de acuerdo con sus propias normas y costumbres. Ello en virtud del principio de autodeterminación de las comunidades indígenas que se encuentran protegidas por la Constitución de 1991″.

Explicó, también que “la defensa, en el marco de la jurisdicción que les es aplicable, deriva de la reivindicación de sus derechos históricos y sociales que pueden ser confrontados y considerados como vulnerados mediante el monumento objeto de sus acciones”.

En cuanto a la información relevante para el caso, el abogado expone que es “aquella que originó la acción constitutiva de la destrucción o demolición del monumento. Así, la generación de un consenso en la comunidad puede considerarse como el origen y justificación de la acción y erigirse en una reivindicación de derechos“.

Finalmente, en cuanto al #AlcaldeFuiYo mencionó que “es una expresión social que no determinan la autoría o participación mediata o inmediata en la conducta. Es una situación no jurídica y que por ende no debe producir efecto alguno”.

| Nota del editor *

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