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Facatativá expide nuevo decreto que nuevas medidas para enfrentar tercer pico por COVID-19

La nueva normatividad es con el fin de controlar el impacto y propagación de la pandemia de coronavirus Covid 19 en el municipio de Facatativá Cundinamarca.

Se trata del decreto No 055 de abril de 2021, el cual plantea que el Hospital San Rafael de Facatativá es una empresa del Estado de carácter regional, por ende trabaja para la prestación de servicios de alta, mediana y baja complejidad a pacientes Covid-19 de otros municipios por lo cual se ha elevado la ocupación de camas UCI, con una distribución a corte del 19 de abril de 2021, de 11 pacientes de Facatativá y 55 de otros municipios, información suministrada por la Secretaría de Salud municipal.

En porcentajes eso se ve reflejado con la ocupación de camas UCI con un 88%, del cual el 26,1% está ocupado por pacientes de Facatativá y el 73,9% restante está ocupado por pacientes transferidos de otros municipios. Por tal razón las directrices nacionales y departamentales adoptan medidas transitorias entre el 21 de abril y 03 de mayo de 2021.

Con este decreto, la Administración Municipal, pretende tomar medidas para hacer frente al aumento de casos de contagio por el virus en el municipio y la ocupación de las camas de UCI, también para evitar las aglomeraciones en el municipio. 

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Se decreta la medida de pico y cédula para el ingreso a establecimientos de comercio y entidades del sector financiero entre el 21 de abril y el 2 de mayo de 2021, asignado de la siguiente manera, no podrán hacer uso del comercio formal e informal las personas con numeración de cédulas terminadas en: 

Miércoles 21 de abril (1, 3, 5, 7 y 9), jueves 22 de abril (0, 2, 4, 6, y 8 ), viernes 23 de abril: no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9) sábado 24 de abril  (0, 2, 4, 6, y 8 ), domingo 25 de abri (1, 3, 5, 7 y 9), lunes 26 de abril (0, 2, 4, 6, y 8 ), martes 27 de abril (1, 3, 5, 7 y 9), miércoles 28 de abril (0, 2, 4, 6, y 8 ), jueves 29 de abri (1, 3, 5, 7 y 9), viernes 30 de abril (0, 2, 4, 6, y 8 ), sábado 1 de mayo (1, 3, 5, 7 y 9), domingo 2 de mayo (0, 2, 4, 6, y 8 ). 

Esta medida no cobija a hoteles, establecimientos de la industria gastronómica y parques. En todo caso se debe aplicar con rigurosidad los protocolos de bioseguridad, límites de aforo y se permitirán los servicios de domicilio.

También se estableció toque de queda en toda la jurisdicción del municipio, perímetro urbano y rural, para residentes y visitantes de la siguiente manera: en el horario comprendido entre las 10:00 P.M. y las 05:00 A.M del día siguiente a partir del martes 20 de abril. Se exceptúan de esta medida los vehículos oficiales pertenecientes al Ejército Nacional, Policía Nacional, Fiscalía de la Nación, SIJIN, Alcaldía Municipal, Autoridades de Tránsito y Organismos asistenciales de Salud.

No está autorizado la realización de ningún evento masivo público, incluyendo las actividades que impliquen la aglomeración de personas. Se restringió la realización de eventos de carácter público o privado que impliquen la aglomeración de personas, de conformidad a la normatividad nacional vigente, entre estos discotecas y lugares de baile y el consumo de bebidas alcohólicas en sitios públicos y establecimientos de comercio.

El incumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto acarreará las sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía, tales como amonestación, multa, suspensión de actividad, cierre de establecimiento y demás aplicables.

| Nota del editor *

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