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La desaparición forzada, un delito que atenta directamente contra la integridad del ser humano

La Carta de las Naciones Unidas impone a los Estados la obligación de promover el respeto universal y efectivo de los derechos humanos y libertades fundamentales.

De acuerdo con el artículo 2 de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.

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Emerson Eduardo Rojas de la Fundación Visión Desarrollo Social (Funvides), estuvo en Hora Ciudad para hablar precisamente sobre este flagelo en el que infortunadamente Colombia es el país más afectado a nivel latinoamericano, con un estimado de 82.998 familias afectadas.

Con Rojos, se tocaron temas diversos, el secuestro, los Mecanismos Nacionales de Prevención (MNP)que existen frente a la desaparición forzada y asimismo se explicaron aspectos sobre Comisión Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, que busca apoyar y promover la investigación del delito de desaparición forzada, con pleno respeto de las competencias institucionales y de las facultades de los sujetos procesales.

Redactado por: Leandra Mosquera

| Nota del editor *

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