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¿Cómo saber si usted está siendo víctima de acoso laboral?

La vicepresidenta de Colombia, junto con su equipo, presentó un protocolo que tiene como finalidad prevenir y atender eventuales casos de acoso sexual en el ámbito laboral en Colombia.

El acoso laboral, en el marco de las relaciones laborales, se entiende como toda conducta persistente y demostrable ejercida sobre un empleado trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo.

En Colombia, según un informe de la Universidad Libre, en los primeros seis meses de 2017 se habían denunciado 803 episodios por acoso laboral, mientras que en 2018, en el mismo periodo; se registraron 1.406 casos.

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Por ciudades o regiones, esta conducta presentó un comportamiento preocupante en los primeros seis meses de ese mismo año. Bogotá, con 972 casos, se lleva el indecoroso primer lugar; seguida de Valle (109 denuncias), Bolívar (61), Antioquía (48), Atlántico (31), Tolima y Risaralda (26) y Caldas 25.  

Otros departamentos como Casanare, Magdalena, Huila, Norte de Santander, Quindío y Meta tuvieron indicadores de entre 12 y 24 reportes.

Solo en Bogotá, este incremento ha sido de casi el 45 por ciento, pasando de 492 casos en 2017 a 972 en 2018; lo mismo ocurrió en el Valle, Bolívar y Casanare que presentaron un aumentó en las cifras superior al 35%. 

Por género, el acoso laboral parece afectar más a las mujeres. Pues ellas en el año 2017, interpusieron 108 denuncias por esta conducta, contra 82 de los hombres. y en el 2018 esta cifra fue en aumento en contra de las mujeres.

Además, Atlántico, Caldas, Magdalena, Norte de Santander, Quindío, Tolima y Valle, fueron los únicos departamentos en los que se registraron más casos de acoso laboral en los hombres que en las mujeres.

Acciones o comportamientos comunes del acoso laboral

  • Agresión física.
  • Ofensas e injurias por raza, género, origen familiar, estatus social y preferencia política o sexual.
  • Comentarios hostiles y humillantes de descalificación profesional.
  • Amenazas injustificadas de despido hechas en público.
  • Descalificación humillante de propuestas u opiniones.
  • Burlas sobre la apariencia física o la forma de vestir.
  • Invasión de la intimidad.
  • Órdenes extrañas distintas a las obligaciones laborales o exigencias desproporcionadas.
  • Citaciones constantes injustificadas para trabajar en horarios excesivos respecto a la jornada laboral, cambios sorpresivos de turnos y exigencia permanente para laborar domingos o días festivos sin fundamento objetivo. 
  • Trato discriminatorio respecto a los demás empleados.
  • Negar permisos necesarios injustificadamente, como licencias por enfermedad o maternidad, calamidad doméstica y vacaciones.
  • Envío de anónimos, llamadas telefónicas y mensajes virtuales con contenido injurioso, ofensivo o intimidatorio.

¿Cómo se castiga esta conducta?

El artículo 10 de la Ley 1010, establece las siguientes sanciones:

  • Falta disciplinaria gravísima en el Código Disciplinario Único, para el servidor público.
  • Multa de dos a diez salarios mínimos para el acosador y el empleador que tolere esta agresión.
  • Pago a las EPS y ARL del 50 por ciento del costo del tratamiento de enfermedades profesionales y demás secuelas originadas por el acoso laboral. Esto correrá por cuenta del empleador que haya ocasionado la infracción o la haya tolerado.
Foto: Bloque popular juvenil

Noticioso

La vicepresidenta de Colombia Marta Lucía Ramírez y la Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer, Gheidy Gallo, presentaron el protocolo para frenar acoso sexual laboral, que tiene como finalidad prevenir y atender eventuales casos de acoso sexual en el ámbito laboral, este protocolo consta de herramientas para la prevención e identificación del acoso sexual y/o por razón de sexo en el trabajo, así como del procedimiento y sanciones para atender los episodios que se presenten.

“En Colombia no puede volver a haber tolerancia con la discriminación en contra de las mujeres, ni con los acosos, ni con la violación, ni con las confianzas excesivas que son totalmente abusivas y que todas repudiamos”, mencionó la vicepresidenta.

Este protocolo se enmarca en la estrategia integral denominada “Mujeres Libres de Violencias”, aprobada en consejo de seguridad nacional, que busca la construcción de espacios de trabajo seguros y libres de acoso y discriminación, en los que prime el respeto por la integridad humana.

Por su parte, el director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), señaló que “nos propusimos ser una entidad de excelencia, ejemplo y resultados. Por eso adoptamos este protocolo contra el acoso sexual y laboral e iniciamos la ruta de socialización y sensibilización, para mostrar resultados en ambientes laborales inclusivos, respetuosos y libres de violencias hacia las mujeres, de manera que sirva para irradiar y fortalecer a las demás entidades del orden nacional y territorial”.

Para la implementación de este protocolo, se prevé un ciclo de capacitaciones a funcionarios, personal en comisión, contratistas y pasantes del DAPRE, con el apoyo de la Organización Iberoamericana para la Seguridad Social (OISS).

La Consejera Presidencial para la Equidad de la Mujer, Gheidy Gallo Santos, destacó que “este protocolo tiene una primera parte en la que se hace una caracterización de qué tipo de conductas pueden considerarse como acoso sexual y, en caso de identificase, existe la claridad de cuál es el procedimiento tanto para hombres como para mujeres”.

Así mismo, el DAPRE participará en el pilotaje de una nueva herramienta virtual para la prevención y atención del acoso sexual laboral, con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo –BID y GenderLab, que le permitirá a la entidad contar con un diagnóstico sobre estas conductas y diseñar un plan de acción para intervenir las situaciones identificadas.

Para terminar, en el marco de una política institucional de cero tolerancia frente al acoso sexual, se adelantarán procesos de construcción de protocolos para la prevención y la atención del acoso sexual laboral en todas las entidades del Gobierno Nacional, para que todos los Ministerios y Departamentos Administrativos cuenten con instrumentos para la prevención y abordar esta problemática en cada una de las entidades.

| Nota del editor *

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