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Nuevas medidas para controlar propagación del Covid-19 en Facatativá

Las disposiciones rigen desde el pasado 20 de mayo e irá hasta el 31 del mismo mes. Esto se da por la alerta roja en la que se encuentra el municipio con el 105% de ocupación de camas UCI.

El país atraviesa por el tercer pico del Covid-19, situación que ha llevado a la capital y a los municipios a realizar cambios desde las administraciones para controlar el impacto y la propagación de este virus.

El municipio de Facatativá trabaja en ello y esta semana dio a conocer el Decreto (No.079 de mayo 2021), el cual establece nuevas disposiciones transitorias e imparte órdenes para el mantenimiento del orden público en el municipio. Esto se presentó luego del informe epidemiológico entregado por la Secretaría de Salud.

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La ocupación UCI (Unidad de Cuidados Intensivos) se encuentra en 105% con 336 casos activos de un total de 7.668 y 199 decesos desde que comenzó la pandemia. De los casos positivos, un 48,04% corresponde a hombres y el 51,96% a mujeres; los cuales el 6,3% está entre menores de 18 años, un 86,3% de 18 a los 65 años y un 7,4% corresponde a personas mayores de 65 años y los casos activos son atendidos en un 86,26% en casa y el 13,74% restante en los hospitales. 

Teniendo en cuenta esas cifras la administración municipal trabaja para controlar la propagación del virus y anunció nuevos cambios en la normatividad del municipio.

¿Cuáles son las nuevas medidas para Facatativá?

La nueva normatividad regirá entre el 20 y el 31 de mayo de 2021, entre estas medidas está la implementación de pico y cédula para el ingreso a establecimientos de comercio y entidades del sector financiero.

Los días pares no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par, es decir (0, 2, 4, 6, y 8 ) y los días impares, las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9). Esta medida adoptada no aplica en hoteles, restaurantes y parques.

Teniendo en cuenta que estos lugares deben acatar las debidas medidas de bioseguridad y protocolos que garanticen la seguridad y bienestar de las personas.

Otra de las medidas establecidas es el toque de queda, el cual se aplicará de 12:00 am a 05:00 am en el perímetro urbano y rural, también se prohíbe la realización de eventos masivos, y se regulará la realización de fiestas, reuniones o eventos en residencias familiares.

El incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto, ocasionará las sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía, como suspensión de actividades, multas, amonestaciones y cierre de establecimientos.

| Nota del editor *

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