El país atraviesa por el tercer pico del Covid-19, situación que ha llevado a la capital y a los municipios a realizar cambios desde las administraciones para controlar el impacto y la propagación de este virus.
El municipio de Facatativá trabaja en ello y esta semana dio a conocer el Decreto (No.079 de mayo 2021), el cual establece nuevas disposiciones transitorias e imparte órdenes para el mantenimiento del orden público en el municipio. Esto se presentó luego del informe epidemiológico entregado por la Secretaría de Salud.
La ocupación UCI (Unidad de Cuidados Intensivos) se encuentra en 105% con 336 casos activos de un total de 7.668 y 199 decesos desde que comenzó la pandemia. De los casos positivos, un 48,04% corresponde a hombres y el 51,96% a mujeres; los cuales el 6,3% está entre menores de 18 años, un 86,3% de 18 a los 65 años y un 7,4% corresponde a personas mayores de 65 años y los casos activos son atendidos en un 86,26% en casa y el 13,74% restante en los hospitales.
Teniendo en cuenta esas cifras la administración municipal trabaja para controlar la propagación del virus y anunció nuevos cambios en la normatividad del municipio.
¿Cuáles son las nuevas medidas para Facatativá?
La nueva normatividad regirá entre el 20 y el 31 de mayo de 2021, entre estas medidas está la implementación de pico y cédula para el ingreso a establecimientos de comercio y entidades del sector financiero.
Los días pares no podrán ingresar a estos establecimientos las personas cuyo número de cédula termine en número par, es decir (0, 2, 4, 6, y 8 ) y los días impares, las personas cuyo número de cédula termine en número impar (1, 3, 5, 7 y 9). Esta medida adoptada no aplica en hoteles, restaurantes y parques.
Teniendo en cuenta que estos lugares deben acatar las debidas medidas de bioseguridad y protocolos que garanticen la seguridad y bienestar de las personas.
Otra de las medidas establecidas es el toque de queda, el cual se aplicará de 12:00 am a 05:00 am en el perímetro urbano y rural, también se prohíbe la realización de eventos masivos, y se regulará la realización de fiestas, reuniones o eventos en residencias familiares.
El incumplimiento de lo dispuesto en el Decreto, ocasionará las sanciones previstas en la Ley 1801 de 2016 o Código Nacional de Policía, como suspensión de actividades, multas, amonestaciones y cierre de establecimientos.