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No es lo mismo “epidemia que pandemia”, como no es igual una “alerta sanitaria a estado de emergencia”

Le explicamos qué significa cada término y le contamos los efectos que tiene sobre la sociedad civil.

Desde inicios del presente año el mundo tiene los ojos puestos en el COVID-19 que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS) “es una variante de una extensa familia de Coronavirus que pueden causar diversas enfermedades humanas que van desde el resfriado común hasta el síndrome respiratorio agudo severo (SRAS)”.

Hasta hoy el virus tiene presencia en más de 110 países del mundo, ha infectado a más de 135 mil personas y deja por ahora más de 5 mil víctimas mortales. En Colombia, el Ministerio de Salud afirmó hoy que hay cuatro nuevos casos de personas infectadas en el país, elevando a 13 la cifra en tan solo una semana.

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A causa del Coronavirus los gobiernos del mundo han adoptado decisiones que comprometen sus economías, incluso las más estables, porque lo que es prioridad ahora es evitar el contagio a costa de lo que sea. Para todos, este virus es nuevo aunque viene de una vieja familia conocida. Es temerario afirmar cuál es el mejor camino para enfrentar la pandemia. Si, ahora se habla de pandemia, pero hace unas semanas era tan solo un “brote epidémico”.

Le explicamos qué significa cada término que se ha escuchado en los últimos tres meses y le contamos los efectos que tiene sobre la sociedad civil.

Brote epidémico:

Es una de las primeras declaraciones que escuchamos cuando se habló por primera vez del Coronavirus. Esta es una clasificación usada en la epidemiología para denominar la aparición repentina de una enfermedad debida a una infección en un lugar específico y en un momento determinado.

Epidemia:

Se cataloga así cuando una enfermedad se propaga activamente debido a que el brote se descontrola y se mantiene en el tiempo, aumentando el número de casos en un área geográfica concreta. Por ejemplo en Colombia tenemos epidemia de Dengue.

Por número de casos y defunciones, el Dengue es el virus al que hay “tenerle miedo” en Colombia

Pandemia:

Esta es la clasificación mundial que tiene el Coronavirus. Para que se declare el estado de pandemia se tienen que cumplir dos criterios: que el brote epidémico afecte a más de un continente y que los casos de cada país ya no sean importados sino provocados por transmisión comunitaria.

Los siguientes son regímenes de excepción que se aplican para afrontar situaciones extraordinarias y graves (catástrofes, desórdenes públicos, guerra) que incluye mayores poderes para el Gobierno.

Estado de alarma:

Respuesta excepcional ante acontecimientos que impiden a las autoridades públicas mantener su funcionamiento normal.

Estado de excepción:

Asunción de poderes extraordinarios por el Gobierno ante situaciones extraordinarias.

Estado de emergencia:

El Estado de Emergencia está contemplado en el artículo 215 de la Constitución Política, que faculta al Gobierno declararla cuando sobrevengan hechos que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública. El Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, pueden declarar, el Estado de Emergencia por períodos hasta de treinta días en cada caso, que sumados no podrán exceder de noventa días en el año. 

Con una clasificación así, el Presidente de Colombia puede, entre otras cosas, decidir que los centros médicos privados atiendan a los ciudadanos independiente de su EPS.

Estados Unidos se declaró así en la tarde de este viernes.

Estado de excepción

Según la Constitución de Colombia de los estados de excepción en el Artículo 212, el Presidente de la República, con la firma de todos los ministros, podrá declarar el Estado de Guerra Exterior. Mediante tal declaración, el Gobierno tendrá las facultades estrictamente necesarias para repeler la agresión, defender la soberanía, atender los requerimientos de la guerra, y procurar el restablecimiento de la normalidad.

Este es un régimen especial al que no conviene llegar, pero si hubiese una crisis mundial por cuenta de recursos naturales para atender las necesidades de otros países, correspondería al mandatario de los colombianos declararlo con el fin de defender los intereses nacionales.

¿En qué clasificación está Colombia?

El presidente de Colombia, Iván Duque anunció ayer el estado de emergencia sanitaria en el país y puso en marcha distintas medidas para contener la pandemia del COVID-19. Con esta decisión se otorgan facultades al Ministro de Salud para tomar las medidas que considere necesarias para reorganizar los recursos humanos del área sanitaria.

Gobierno de Colombia decreta emergencia sanitaria por Coronavirus

Bogotá está en situación de alerta amarilla sanitaria, lo que significa que se ha activado una serie medidas para contener la propagación del virus.

| Nota del editor *

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